Morelia, Michoacán, a 17 de enero del 2023.- La Comisión Estatal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Coepris) multará establecimientos hasta con cuatro mil salarios mínimos por permitir que sus usuarios fumen en instalaciones, informó Hebert Flores Leal, titular de la comisión.
En conferencia de prensa, Flores Leal señaló que para negocios que reincidan serán multados por ocho mil salarios mínimos, y en caso de una tercera reincidencia se procede al cierre definitivo del negocio.
De esta manera, una multa por cuatro mil salarios mínimos asciende a 828 mil pesos, mientras que la segunda multa asciende a un millón 656 mil pesos, calculado con salario mínimo de 207 pesos.
Sin embargo, por el momento la Ley Antitabaco que entró en vigor el pasado fin de semana marca sanciones únicamente en contra de empresas que mediante inspección o denuncia se sepa que permiten el consumo de cigarrillos.
"No podemos criminalizar a una persona que está haciendo un acto de fumar en una plaza, son temas que iremos resolviendo, así como el tema de nuestra ley local, de nuestro reglamento local", declaró.









