SCJN avala que la UIF bloquee cuentas bancarias sin orden judicial si hay indicios de delitos

SCJN avala que la UIF bloquee cuentas bancarias sin orden judicial si hay indicios de delitos
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 7 de Abril de 2026 a las 13:19:01

Ciudad de México, a 7 de abril 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) tenga la autoridad para bloquear cuentas bancarias sin intervención del Ministerio Público, orden judicial ni solicitud extranjera, cuando existan indicios de delitos de origen nacional como lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Según la ministra Lenia Batres Guadarrma consideró que los criterios anteriores permitieron, entre 2018 y 2025, el desbloqueo masivo de cuentas por más de 32 mil millones de pesos, al resolverse a favor de los quejosos 2 mil 838 amparos, sin analizar a fondo los indicios detectados por el organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Por lo que los nuevos criterios jurisprudenciales se fijaron al resolver una acción de inconstitucionalidad y dos amparos; en uno de ellos se negó la protección de la justicia a una empresa vinculada al supuesto sobrino de Ismael “El Mayo” Zambada para descongelar sus cuentas.

En consecuencia, los togados  concluyeron que el bloqueo de cuentas no es una sanción penal, sino una medida cautelar administrativa y preventiva para proteger el sistema financiero nacional.

Por seis votos contra tres, el pleno avaló el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf en la acción de inconstitucionalidad 58/2022, promovida por legisladores de oposición, y declaró constitucional el artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite a la UIF incluir personas en la lista de bloqueados por motivos de origen nacional.

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