Diputado Octavio Ocampo respalda reforma laboral que fortalece derechos de las y los trabajadores en Michoacán

Diputado Octavio Ocampo respalda reforma laboral que fortalece derechos de las y los trabajadores en Michoacán
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 27 de Febrero de 2026 a las 15:39:28

Morelia, Michoacán, a 27 de febrero del 2026.- El diputado local del PRD Michoacán, Octavio Ocampo, respaldó la aprobación de la reforma que establece la reducción gradual de la jornada laboral a 40 horas semanales, la cual fue avalada por el Pleno del Congreso del Estado de Michoacán.

Esta reforma forma parte de la Minuta enviada por la Cámara de Diputados a las legislaturas estatales para su aprobación constitucional, con el objetivo de fortalecer los derechos de las personas trabajadoras y avanzar hacia un modelo laboral más equilibrado y justo.

El legislador perredista resaltó la importancia de esta reforma por fortalecer los derechos de las personas trabajadoras mediante la reducción gradual de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales, proceso que se implementará de manera progresiva entre 2026 y 2030.

Entre los principales beneficios de la reforma se encuentra la actualización de un principio constitucional que no había tenido modificaciones sustanciales en más de un siglo, además de reforzar la progresividad de los derechos laborales conforme al artículo 1º constitucional. Asimismo, armoniza la legislación mexicana con estándares internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo.

La propuesta también promueve un modelo laboral más humano que favorece el descanso, la convivencia familiar, el bienestar integral y una productividad sostenible.

En cuanto a su contenido central, la reforma establece una jornada laboral de 40 horas semanales, con una implementación gradual entre 2026 y 2030. Además, define reglas más claras sobre el trabajo extraordinario, contemplando el pago del 100 por ciento adicional por horas extra dentro del límite legal y del 200 por ciento cuando se excedan dichos límites.

También establece un máximo de 12 horas extraordinarias por semana, distribuidas hasta en cuatro horas diarias, así como la prohibición del tiempo extraordinario para personas menores de 18 años. Asimismo, se garantiza que la reducción de la jornada laboral no implique disminución en salarios ni prestaciones.

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