Ciudad de México, 6 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, con seis votos a favor, reforzar el combate al lavado de dinero al validar el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la Unidad de Inteligencia Financiera en casos sustentados en indicios de operaciones ilícitas.
Al resolver dos asuntos, el Pleno del máximo tribunal estableció que esta medida es constitucional siempre que respete los derechos de audiencia y defensa de los afectados.
La Corte precisó que el bloqueo de cuentas constituye una medida cautelar de molestia y no una sanción definitiva, por lo que no implica una resolución final sobre la responsabilidad de los involucrados. Además, señaló que este mecanismo contempla vías de impugnación tanto en el ámbito administrativo como en el judicial.
Como punto clave, el Pleno sostuvo que la UIF no requiere una solicitud extranjera formal y detallada para proceder al congelamiento de cuentas, ya que puede actuar con base en información nacional o internacional, conforme a estándares internacionales como los del Grupo de Acción Financiera Internacional.









