TEEMICH revoca inhabilitación de derechos y modifica acuerdo del IEM sobre registro de primera fórmula a diputados locales por RP en MORENA.

TEEMICH revoca inhabilitación de derechos y modifica acuerdo del IEM sobre registro de primera fórmula a diputados locales por RP en MORENA.
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 31 de Mayo de 2018 a las 22:23:00

Morelia, Mich; a 31 de Mayo de 2018. Por unanimidad, el Pleno del Tribunal
Electoral del Estado de Michoacán revocó a la Comisión Nacional de Honestidad y
Justicia de MORENA la inhabilitación y suspensión impuestas a dos militantes de
este instituto político, registrados inicialmente como candidatos a diputados
locales, propietario y suplente, por Representación Proporcional para el Congreso
de Michoacán, en virtud de que dicha medida resultó excesiva y contraria al
principio de presunción de inocencia, al considerarse extrema en decretar la
suspensión de los derechos partidarios, y en consecuencia, su inhabilitación para
registrarse como candidatos a puestos de elección popular.

Durante la sesión pública de este jueves, el TEEMICH consideró que no existió la
posibilidad de que los hechos que se atribuyeron a los actores se hubiesen
acreditado plenamente, por lo que dicha suspensión era desproporcionada.

Con lo anterior, y siendo revocada la inhabilitación impuesta a los actores, la cual
constituía el único impedimento manifiesto que pudo respaldar su sustitución o
reemplazo; el Pleno del Tribunal ordenó al Consejo General del IEM modificar y
emitir un nuevo acuerdo en el que, previa revisión de los requisitos de elegibilidad,
y, en caso de no existir alguna causa justificada que lo impida, se otorgue el
registro de la primera fórmula a los actores registrados en la lista inicial a las
Diputaciones de Representación Proporcional postuladas por el partido MORENA.

Por otra parte, la Magistrada y los Magistrados de este órgano jurisdiccional
electoral desecharon el recurso de apelación ante la falta de interés jurídico y la
inexistencia de la manifestación de la voluntad del partido político MORENA, en
contra del registro de planillas de candidaturas a integrar el Ayuntamiento de
Lázaro Cárdenas, Michoacán, postulado por la coalición “Por Michoacán al
Frente”, integrada por el PAN, PRD y Movimiento Ciudadano.

Una de las causales de improcedencia en la presentación de los escritos y de la
demanda es que no fue firmada por la representación suplente del partido
MORENA, lo que se traduce en la falta del elemento idóneo para acreditar la
autenticidad de la voluntad de la parte actora, en el sentido de ejercer su derecho
de acción.

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