Ciudad de México, a 10 de febrero 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ordenó juzgar con perspectiva de género e interseccionalidad la desaparición forzada de mujeres defensoras de derechos humanos, lo cual indicó, es un criterio de carácter obligatorio.
Las y los magistrados establecieron que “juzgar estos casos con perspectiva de género e interseccionalidad es una obligación, no una opción”, de acuerdo con una tarjeta informativa difundida este día.
“Esto implica reconocer la doble condición de riesgo que puede existir al ser mujer y defensora de derechos humanos, lo que puede generar violencia agravada, discriminación y contextos específicos que deben analizarse en cada caso”, indicó la nota.
Lo anterior, tras analizar el caso que corresponde al Amparo Directo en Revisión 5887/2025, presentado tras una sentencia penal por desaparición forzada de una mujer defensora de derechos humanos, quien fue secuestrada luego de participar en una manifestación social en 2021.
Cabe señalar que, a pesar de que varios servidores públicos fueron condenados por estos hechos, un tribunal ordenó la liberación de uno de ellos al considerar que no había pruebas suficientes, por lo que los familiares de la víctima impugnaron esa decisión y el caso llegó a la SCJN.
Por su parte, el Máximo Tribunal del país determinó anular la decisión previa y devolver el caso al tribunal para que emita un nuevo fallo con perspectiva de género e interseccionalidad.








