Ciudad de México, a 18 de agosto de 2025.- Se dio a conocer que, se aprobó la reforma al Código Civil, la cual permite que, ante un eventual divorcio de una pareja, se pueda pactar la custodia de los animales que hayan cuidado, considerando la capacidad de los individuos de ofrecerle a la mascota un ambiente seguro y adecuado, disponibilidad de tiempo y los recursos suficientes.
También se informó que el juez podrá decidir si es mejor opción el cuidado compartido, considerando cual es la mejor vía para la mascota en cuanto a bienestar, alimentación y atención veterinaria óptima.
Esto sucede después de que hace poco en una reforma del Código Civil, se aprobara una reforma en la cual se garantiza a los animales como seres sintientes (sujetos de consideración moral y trato digno), ya que un estudio de la Universidad de Cambridge, mostró que los animales son capaces de experimentar sensaciones y emociones, tanto placer, alegría, dolor, tristeza y miedo.
Por lo tanto, así quedó estipulado el requisito añadido en el capitulo X del Código Civil para tratar el divorcio: "En el caso de que las personas divorciantes sean poseedoras de uno o varios seres sintientes, el convenio para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial podrá contener el plan de cuidados que garantice la protección y el bienestar de los mismos, precisando quién será el responsable de la custodia, teniendo en cuenta factores como: la capacidad de cada parte para proporcionar un ambiente adecuado y seguro para los seres, así como la disponibilidad de tiempo y recursos para cuidar de ellos".









