Prohibición total en México: entran en vigor sanciones y cárcel por vender vapeadores y cigarros electrónicos

Prohibición total en México: entran en vigor sanciones y cárcel por vender vapeadores y cigarros electrónicos
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 16 de Enero de 2026 a las 08:36:59

Ciudad de México, 16 de enero del 2026.- Desde este viernes 16 de enero quedó vigente en todo el país la prohibición de vapeadores, cigarros electrónicos y cualquier dispositivo para calentar, vaporizar o atomizar sustancias, tengan o no nicotina.

La medida entró en vigor un día después de que se publicara en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma a la Ley General de Salud.

Con la modificación al artículo 282, se prohíbe de manera expresa la producción, fabricación, importación, exportación, transporte, almacenamiento, distribución, venta y suministro de estos dispositivos, incluidos los desechables o de un solo uso.

La ley establece que la restricción aplica únicamente para fines comerciales, por lo que la posesión y consumo personal quedan exentos siempre que no estén relacionados con actividades de venta o distribución.

Además, queda prohibida cualquier forma de publicidad, promoción o propaganda de vapeadores y dispositivos similares, ya sea en medios impresos, digitales, radio, televisión o redes sociales.

Las autorizaciones sanitarias que se hayan otorgado antes del decreto quedaron automáticamente sin efecto.

El incumplimiento de estas disposiciones puede derivar en penas de uno a ocho años de prisión, además de multas que van de 100 a 2 mil UMAs, equivalentes a montos que oscilan entre 11 mil y más de 226 mil pesos.

 

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