Ciudad de México; 16 de abril de 2020.- A partir de este mes de abril y, hasta julio, los bancos sofomes y otras instituciones emisoras de tarjetas de crédito, podrán implementar programas de beneficios.
De acuerdo con una circular emitida por el Banco de México (Banxico), habrá una excepción a emisoras de tarjetas de crédito, para que, los montos de pago mínimo que están obligadas a cobrar, sean aquellos calculados a partir de agosto.
El banco central reveló que, se permitirá a las emisoras, implementar los programas de beneficios y, facilidades, para no realizar el cobro de pago mínimo de los tarjetahabientes.
Se trate de aquellos que, cumplan con los requisitos que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para exceptuar los requerimientos contables establecidos por esa Comisión o sean programas distintos.
En este sentido, se permite a las emisoras, a realizar el cobro de aquellos otros tarjetahabientes que no se incluyan en dichos programas.









