CDMX abre registro y emplacamiento obligatorio para scooters y bicicletas eléctricas; multas iniciarán en noviembre

CDMX abre registro y emplacamiento obligatorio para scooters y bicicletas eléctricas; multas iniciarán en noviembre
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 2 de Julio de 2026 a las 20:59:09

Ciudad de México, a 2 de julio de 2026.- Con el objetivo de mejorar el control y la regulación de la movilidad eléctrica en la capital del país, la Secretaría de Movilidad (Semovi) puso en marcha el registro y emplacamiento de scooters, monopatines, motocicletas y bicicletas eléctricas que se clasifican como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), además de habilitar la inscripción de los Vehículos Eléctricos Personales (VEP) para integrar un padrón oficial.

El trámite ya puede realizarse de manera digital a través del Sistema de Trámites Vehiculares de la Ciudad de México, mediante la Ventanilla Semovi, plataforma que comenzó a operar el pasado 1 de julio y que permitirá identificar y ordenar la circulación de este tipo de unidades en la capital.

Para completar el registro, los propietarios deberán presentar una identificación oficial vigente, un documento que acredite la propiedad del vehículo, el archivo XML del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y un comprobante de domicilio de la Ciudad de México con una antigüedad no mayor a 90 días.

La dependencia informó que la plataforma incluye un catálogo de modelos previamente registrado por los distribuidores, con el fin de facilitar el proceso de selección del vehículo durante el trámite.

Una vez que la información sea validada, la Semovi enviará por correo electrónico las indicaciones para generar la línea de captura, realizar el pago correspondiente y agendar una cita en un Módulo de Control Vehicular. En esa única visita presencial se verificarán los documentos originales y se entregarán las placas, la tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME), según corresponda.

Los propietarios de vehículos clasificados como VEMEPE recibirán placas, tarjeta de circulación y el distintivo oficial, mientras que quienes registren un Vehículo Eléctrico Personal obtendrán únicamente el Distintivo de Movilidad Eléctrica, compuesto por dos calcomanías, además de la constancia de inscripción al padrón.

La Semovi explicó que los VEMEPE son unidades con motores eléctricos de entre 250 watts y un kilowatt, capaces de superar los 25 kilómetros por hora. Estos se dividen en Tipo A, con un peso inferior a 35 kilogramos, y Tipo B, con un peso de entre 35 y 350 kilogramos. En contraste, los VEP cuentan con motores menores a 250 watts y alcanzan una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.

La dependencia también recordó que las nuevas disposiciones contemplan un periodo de adaptación. A partir del 1 de septiembre de 2026, los agentes de tránsito comenzarán con una etapa de amonestaciones sin sanción económica para informar a los conductores sobre la nueva normativa.

Las multas entrarán en vigor el 20 de noviembre de 2026 y serán aplicables únicamente a los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales que superen los 25 kilómetros por hora o cuenten con acelerador independiente.

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