Noticiarios deben brindar equidad en difusión y cobertura de actividades de precampaña y campaña: INE

Noticiarios deben brindar equidad en difusión y cobertura de actividades de precampaña y campaña: INE
Autor: Patricia Torres / Noventa Grados | Fecha: 13 de Enero de 2021 a las 14:05:00

Morelia, Michoacán a 13 de enero del 2021.- La equidad en la difusión y cobertura informativa de las actividades de precampaña y campaña, implica la igualdad de oportunidades de todos los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas, por lo que los medios informativos, sobre todo radio y televisión “deberán procurar una cobertura equitativa estableciendo tiempos de participación, libres de estereotipos o cualquier forma de discriminación, de manera tal que permita la presencia, de todas y cada una de las personas contendientes dentro de los espacios informativos así como la difusión de las respuestas de las personas aludidas en las piezas informativas”.

Se aclara que el INE reconoce que los medios de comunicación deben fomentar que los espacios noticiosos sirvan de foro para el intercambio de comentarios y críticas; “sin embargo, lo anterior no es óbice para decir que la información errónea, si no se aclara inmediatamente, puede tener efectos negativos importantes en el desarrollo de la contienda electoral”.

Lo anterior forma parte de los lineamientos que recomienda el INE a noticiarios, respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de las candidaturas independientes del Proceso Electoral Federal 2020-2021: “el objetivo de estos lineamientos generales es exhortar a los medios de comunicación a sumarse a la construcción de un marco de competencia electoral transparente y equitativa que propicie elecciones sin descalificación ni discordia y que permitan llevar a la ciudadanía la información necesaria para la emisión de un voto razonado e informado”.

De acuerdo a David Alejandro Delgado Arroyo, vocal Ejecutivo del INE en Michoacán, “estos lineamientos no constituyen pautas coercitivas para los medios de comunicación, sino que deben ser entendidos como guías orientadoras que pretenden encauzar un comportamiento y de ninguna manera imponer una conducta, en respeto a la libertad de expresión y la libre manifestación de las ideas consagradas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los instrumentos internacionales que en materia de derechos humanos ha suscrito México”.

En su capacitación brindada a periodistas en este proceso electoral, el funcionario federal recomienda que la cobertura noticiosa de todos los precandidatos y candidatos se realice en los mismos programas y horarios, buscando así el trato equitativo de todos los contendientes: “queda comprendida, en el criterio de equidad, la presentación imparcial, neutral y objetiva, a través de una sección o espacio dedicado especialmente a las precampañas y campañas electorales, sin que necesariamente se deba modificar el formato establecido por el programa que difunda noticias”.
 
Los noticieros, añade, “procurarán que la cobertura de las precampañas y campañas promueva la confrontación de ideas, diagnósticos y propuestas para la formación de una postura informada de la ciudadanía sobre las personas contendientes, su historia y trayectoria, respetando la vida privada de estas últimas”.

Delgado Arroyo advierte que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión señala sobre la prohibición “protegiendo el derecho de la ciudadanía y los derechos de las audiencias, de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa; por lo que los programas que difundan noticias deberán abstenerse de presentar publicidad en forma de noticias”.

Y que “a fin de salvaguardar las libertades de expresión, información y a fin de fortalecer el estado democrático, no serán objeto de inquisición judicial ni censura, las entrevistas, opiniones, editoriales y el análisis de cualquier índole que, sin importar el formato sean el reflejo de la propia opinión o creencias de quien las emite. Se recomienda que los noticieros establezcan una clara diferencia entre la información noticiosa y las opiniones, lo cual coadyuva a enriquecer la cobertura de las precampañas y campañas electorales, permitiendo que la ciudadanía, como un derecho de audiencia, cuente con mejores elementos para emitir un voto informado, a fin de garantizar el derecho a la información, como la libertad de expresión y difusión”.

Dentro de las opiniones, garantizadas por la libertad de expresión, se debe privilegiar la responsabilidad de las y los comunicadores mediante una crítica respetuosa y abierta hacia las y los precandidatos, y candidatos, partidos políticos y las coaliciones “las notas informativas procurarán incluir una descripción clara y completa de los acontecimientos, sin estereotipos o cualquier forma de discriminación cuando se hable de las personas, el contexto de las declaraciones, y sobre todo, de las propuestas de las y los candidatos de los partidos políticos, y coaliciones así como de las candidaturas independientes, procurando darle mayor relevancia a las propuestas políticas que a las cuestiones relacionadas con la vida privada de quienes contienden por un puesto de elección popular”.

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