Diputados de Michoacán reforman Ley que no existe, el Ejecutivo les corrige la plana

Diputados de Michoacán reforman Ley que no existe, el Ejecutivo les corrige la plana
Autor: América Juárez Navarro / Noventa Grados | Fecha: 26 de Julio de 2022 a las 18:22:32

Morelia, Michoacán. 26 de julio del 2022.– El Congreso del Estado de Michoacán aprobó el pasado 29 de junio del 2022, una reforma a una ley que no existe, en un evidente desconocimiento del marco normativo del estado y del país, el diputado Baltazar Gaona, artífice de esta propuesta, evidenció sus deficiencias como diputado, pues su propuesta es a una norma inexistente, al igual que sus homólogos que la avalaron.

El 29 de junio el diputado propuso ante el Pleno del Poder Legislativo, reconocimiento de los derechos sociales, económicos y culturales de los embriones, garantizando su atención desde el momento de la concepción, propuesta apoyada por 17 de los 40 diputados, logrando así transitar a la mayoría parlamentaria.

Sin embargo, una vez que la propuesta fue enviada al Ejecutivo Estatal en las observaciones que regresa este Poder al Legislativo pide se modifique ya que destaca que la Ley objeto del Decreto Legislativo Número 170, es inexistente, de acuerdo con la publicación realizada con fecha 11 de abril de 2013, en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, la denominación correcta de dicho instrumento normativo es “Ley de Desarrollo Social del Estado de Michoacán”.

También le señala el Ejecutivo Estatal que dicha propuesta derivó de un Dictamen elaborado por las Comisiones de Desarrollo Social y Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, mismas que no son competentes, para dictaminar sobre la creación de nuevos derechos que no se encuentren consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al corregirles la plana a los diputados refiere que la regulación sobre el derecho a la vida que hizo el Congreso del Estado, invade competencias no puede crear ningún derecho humano que no esté garantizado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o bien en alguna otra norma, sea de fuente internacional o local.

“El legislador local no puede proteger la vida desde la concepción ya que no solo intenta modificar el contenido esencial del derecho a la vida sin tener la competencia legal para ello, sino que limita el derecho humano de las mujeres sobre su cuerpo y el derecho al aborto”, se indica en las observaciones.

Además, se informa que dicha modificación se hizo como parte de la Ley de Desarrollo Social del Estado de Michoacán, lo que va en contra de la naturaleza de aquel derecho y de la propia ley social, afectando el principio de legalidad en razón de incorporar a una ley cuyo objeto son los derechos sociales, y no así, los derechos individuales.

Por lo anterior se pide que los términos del Decreto sean modificados para su eficaz aplicación en la realidad jurídica, no se considera viable su promulgación, hasta en tanto, se atiendan dentro del proceso legislativo las observaciones que han quedado establecidas.

Más información de la categoria
Más información de la categoria
Comentarios