Deberán dejar garantía del 100% de impuesto sobre espectáculos empresarios deudores

Deberán dejar  garantía del 100% de impuesto sobre espectáculos empresarios deudores
Autor: América Juárez Navarro / Noventa Grados | Fecha: 26 de Diciembre de 2022 a las 19:45:24

Morelia, Michoacán. 26 de Diciembre de 2022.- Luego de la aprobación de la Ley de Ingresos de Morelia 2023, la Tesorería Municipal deberá exigir una garantía de entre el 20% y el 40% del impuesto sobre espectáculos públicos, en función de la emisión del boletaje. Pero a promotores omisos o con adeudos pendientes, la garantía será del 100% del impuesto.

El Impuesto sobre Espectáculos Públicos no aumenta y se aplica a los ingresos brutos que se obtengan por la venta de boletos, pulseras, sellos o cualquier otro medio de acceso que condicionen la entrada al espectáculo público de que se trate.

Este impuesto va sobre los ingresos brutos percibidos, se aplicará un cobró por concepto de derechos de admisión, reservado de mesa, zonas específicas, consumo mínimo, cover, cuota de recuperación o cualquier otra denominación que se le dé, u otras actividades similares lícitas organizadas por una persona física o moral con fines de entretenimiento cuyo pago condicione el acceso de los asistentes.

De esta manera señala que a bailes públicos, espectáculos con variedad, carreras de caballos, torneos, peleas, selección genética y casteo de gallos, jaripeo con baile, con presentación de banda y/o espectáculo, funciones de box, lucha libre, futbol, deportivos de cualquier tipo y audiciones musicales con pista, con músicos y artistas, conciertos turísticos culturales, corridas de toros, novilladas, festivales taurinos y jaripeos rancheros, será de un  5.0%.

A las funciones de teatro, danza, circo, bailes típicos de la región y espectáculos públicos recreativos que se celebran condicionando la admisión al pago de una cuota de recuperación, será  de 4.5%. Mientras que a recorridos turísticos, caminatas y mediante un medio de transporte terrestre, así como otros espectáculos no especificados en los incisos previos se aplicará el   2.0%.

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