Ciudad de México, a 17 de noviembre 2023.- El Pleno regional Centro- Norte del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), determinó que las juezas y los jueces federales son los únicos capaces para autorizar la extracción de información de un teléfono celular.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 constitucional y los artículos 51, 52 y 53 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como el 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y el 291 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
EL CFJ señaló mediante una tarjeta informativa que los datos conservados en los equipos móviles de comunicación están protegidos por el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones.
"Por tanto, la entrega de datos a la autoridad investigadora, al implicar una restricción a ese derecho humano, no puede deslindarse de la protección establecida en el artículo constitucional; de ahí que para que surta efectos la obligación de su entrega, es indispensable la existencia de una autorización judicial federal", precisó.