Morelia, Michoacán, a 31 de agosto de 2026.- Un Tribunal de Enjuiciamiento emitió sentencia condenatoria de 241 años de prisión contra Gabriela “N”, al acreditar su responsabilidad en los delitos de secuestro agravado y privación de la libertad personal, cometidos en agravio de cinco personas, tres de las cuales fueron privadas de la vida.
Sobre el particular se informó que con base en las pruebas desahogadas durante el juicio, los hechos ocurrieron entre el 25 y 26 de octubre de 2022, en el fraccionamiento Villas del Pedregal, en Morelia.
Durante las investigaciones se estableció que tres de las víctimas fueron privadas de la libertad y trasladadas a un inmueble ubicado en la calle Tanzanita, del citado fraccionamiento, donde permanecieron en cautiverio.
Posteriormente, fueron llevadas a un punto ubicado sobre la carretera 8 de Diciembre, que conduce a la comunidad de La Concepción, en Morelia, donde fueron privadas de la vida mediante disparos de arma de fuego.
Asimismo, se acreditó que otras dos personas fueron privadas de la libertad y trasladadas al mismo inmueble, donde permanecieron en cautiverio y posteriormente fueron liberadas.
Las investigaciones establecieron la participación de Gabriela “N” en los hechos, quien se encontraba en el inmueble donde permanecían las víctimas y ejercía actos de violencia en su contra.
Luego del desahogo de las etapas procesales correspondientes y de la audiencia de individualización de sanciones, el órgano jurisdiccional dictó sentencia condenatoria contra Gabriela “N”.
Por el delito de secuestro agravado, se impusieron 240 años de prisión y una multa de 12 mil UMAs, correspondientes a 80 años de prisión y 4 mil UMAs por cada una de las tres víctimas.
Igualmente, se determinó el pago de 2 millones 624 mil 166.60 pesos por concepto de reparación del daño, equivalente a 874 mil 722.20 pesos por cada víctima, además de la suspensión de sus derechos políticos.
Por el delito de privación de la libertad personal, se impuso una pena de un año de prisión, correspondiente a seis meses por cada una de las dos víctimas, además del pago de la reparación del daño genérica, cuya cuantificación corresponderá a la etapa de ejecución de sanciones.









