Ciudad de México, 26 de noviembre de 2023.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), ordenó al Partido Acción Nacional (PAN) y al Partido Revolución Democrática (PRD) que sustituyan tres spots de la precandidata presidencial de la oposición, Xóchitl Gálvez, que fueron transmitidos en televisión.
Fue el partido Morena quien denunció a Gálvez Ruíz, así como al PAN y PRD, por la difusión de los promocionales PRE REP FED HISTORIA XG V3, PRE REP FED HISTORIA CG V2 y XOCHITL (sic) HISTORIA, en donde no se identifica el estatus de la panista, lo que constituye, de acuerdo con Morena, a una posible calumnia, además de que aparece una persona menor de edad.
La Comisión consideró, bajo la apariencia del buen derecho, que los materiales denunciados no cumplen con el requisito establecido en el artículo 211, numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), pues deben señalar la calidad de precandidata de Xóchitl Gálvez Ruiz de manera expresa, tanto por medios gráficos como auditivos.
Por lo anterior, los partidos denunciados deberán sustituir los promocionales en un plazo, no mayor, a seis horas, y las concesionarias de televisión que estén obligadas a transmitir los spots, deberán detenerla en un plazo que no exceda de 12 horas.
Respecto a la tutela preventiva, determinó improcedente ordenar al PAN y al PRD, que se abstengan de realizar todo acto de propaganda calumniosa o actos anticipados de campaña en la producción de sus promocionales en radio y televisión, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.
Sobre la aparente vulneración al interés superior de la niñez, el colegiado concluyó que no resulta procedente suspender dicho promocional, pues del análisis a la imagen mencionada se estima que no corresponde a una persona menor de edad.
En lo referente a la calumnia, se estimó que ninguna de las expresiones contenidas en los spots se refiere a Morena, sino que se refieren a hechos propios de la denunciada, por lo que no hay afectación al partido, de ahí la improcedencia de ordenar el retiro.









