México se incorpora al ‘Convenio 108’ para lograr un equilibrio entre la protección de la información y datos

México se incorpora al ‘Convenio 108’ para lograr un equilibrio entre la protección de la información y datos
Autor: Patricia Torres / Noventa Grados | Fecha: 15 de Agosto de 2019 a las 15:41:00

Morelia, Michoacán., 15 de agosto del 2019. México, junto con Uruguay y Argentina, son los únicos tres países que, con otros 47 países de Europa han signado el Convenio 108, que es un tratado internacional para hablar del flujo transfronterizo de datos personales, sobre todo en el contexto del comercio internacional. España es uno de los países incorporados, a México le ha faltado “lo que estamos buscando es una alianza estratégica”.

Lo anterior fue dado a conocer en entrevista por Javier Martínez Cruz, comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem) previo a la conferencia sobre el tema “el convenio va a permitir que México se considere un país de puerto seguro para poder hacer este flujo de datos personales de europeos y mexicanos”.

Destaca que si se aprovecha este convenio correctamente “estaríamos en el contexto del tratado de Libre Comercio México-Estados Unidos-Canadá en la posibilidad de proteger a algunas empresas norteamericanas debido a que no tienen normatividad con este alcance y poder jalar esta inversión a México…es tan fundamental el convenio 108 porque estamos hablando de una protección a nivel internacional de los datos personales que se consideran un derecho fundamental en nuestro país. Michoacán tiene una ley muy robusta que puede y permite al órgano garante sancionar a quienes no estén reportando la transparencia”.

Miguel Polaino Orts, especialista en protección de datos personales y profesor de la Universidad de Sevilla, España mencionó que este convenio en su país fue adoptado en 1981 y sus antecedentes datan de los años setenta “cuando los países de Europa se dieron cuenta de la necesidad de proteger los datos personales, favorecer flujo de datos en el ámbito del comercio”.

Se trata, por tanto, añadió, de un convenio realizado en el ámbito europeo para la protección de datos personales y permitir el flujo de datos que facilitarían el comercio “se trata de un primer documento abierto a otros países, que no se suscribía exclusivamente a países europeos, sino un documento abierto por países que se pudieran adherir a este convenio, es vinculante, no solo es una declaración de buenas intenciones, obliga a los estados para poder adecuarla a las directrices, de medidas encaminadas a la protección de datos y presentación del flujo de datos”.

El objetivo de este Convenio 108, resaltó Polaino Orts, es lograr un equilibrio entre la protección de la información y datos, el libre flujo de esos datos “no cualquier dato podría ser objeto de protección, sino que se trataba de datos que fueran obtenidos de manera legal y legítima, tratados con una finalidad concreta…el derecho es el mecanismo de protección de estos datos”.

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