La API de Lázaro Cárdenas, envuelta en escándalo de 500 millones de pesos

La API de Lázaro Cárdenas, envuelta en escándalo de 500 millones de pesos
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 4 de Mayo de 2020 a las 18:34:00

Morelia, Mich., 4 de mayo de 2020.- La Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas desacató una indicación de ley de la Secretaría de la Función Pública, que ordenó la restitución de la convocatoria para construir un distribuidor vial en este municipio, luego de detectar serias irregularidades por parte de la API en el proceso para elegir la empresa con una mejor propuesta y donde se ejercerían cerca de 500 millones de pesos para construir.

De acuerdo con el documento de la SFP, la empresa Loros S.A. de C.V, promovió una inconformidad en contra del fallo de la Licitación Pública Nacional Número 09178002-027-19, convocada por la Administración Portuaria Integral de Lázaro 

Cárdenas, relativa a los trabajos de “construcción para la modernización de las vialidades de acceso al puerto de Lázaro Cárdenas, mediante un distribuir vial”; cabe destacar que la dirección de la API-LC está a cargo de Raúl Antonio Correa Arenas.

Siempre en base al documento oficial de la Función Pública, la fecha de convocatoria fue el 7 de noviembre de 2019 y el fallo emitido por APILAC fue el 9 de diciembre del mismo año.

La parte quejosa argumentó que el motivo de la impugnación fue porque se adjudicó la obra a una empresa (INDISA e ICA), que obtuvo 92 puntos, por debajo de la empresa Loros, a la que se le dieron 99 puntos; 49 de la propuesta técnica y 50 de la propuesta económica.
 
El procedimiento de valuación fue bajo el método puntos y porcentajes, no obstante ello, se adjudicó la obra a una empresa con menor puntuación y con un presupuesto más caro, dice en su exposición de queja Loros S.A. de C.V.
 
También se informó que la fecha de resolución del órgano interno de control de la Secretaría de la Función Pública fue el 28 de febrero de este 2020 y en ella se declara la nulidad del fallo de la licitación y se ordena reponerlo tomando en consideración la propuesta de la “empresa que represente mayor garantía para el estado”.
 
De este modo, la APILAC fue notificada de la resolución el 5 de marzo de 2020 y de acuerdo a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, esta resolución la debió acatar el director de APILAC en un plazo de 6 días hábiles que se vencieron el 16 de marzo de 2020, sin que a la fecha haya cumplido.

Más información de la categoria
Más información de la categoria
Comentarios