Aborto; Corte invalida la objeción de conciencia

Aborto; Corte invalida la objeción de conciencia
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 20 de Septiembre de 2021 a las 16:47:00

Ciudad de México; a 20 de septiembre del 2021.- Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la constitucionalidad de la Ley de Objeción de conciencia, la que establece que el personal médico puede negarse a realizar ciertos procedimientos, entre ellos el aborto, por cuestiones individuales así como religiosos, esta será invalidada.

La medida fue tomada porque el Congreso de la Unión no estableció los criterios claros de los procedimientos que podrían omitirse, así como las razones.

Por dicho motivo, el día 21 de setiembre el congreso retomará el tema para poder establecer parámetros claros y más específicos por los que podría aplicarse a esta ley, ya que únicamente se especificó que el personal médico no podría negarse a realizar una acción médica siempre y cuando fuera considerada como una urgencia.

La objeción de conciencia fue incluida en el 2014 a la Ley General de Salud, y es utilizada por los médicos cuando por cuestiones ideológicas, religiosas o éticas deciden no llevar a cabo cierto procedimiento, aunque se han registrado casos en las que el personal de salud usa esta objeción para no realizar interrupciones de embarazo.

“Reconocer la validez de este precepto en la forma amplia como está en la ley, establecer una objeción de conciencia que no tiene más límites que los casos de urgencia y riesgo de la vida es dar un cheque en blanco para que se nieguen los servicios de salud, particularmente tratándose del aborto, en contravención de otros derechos humanos que la constitución reconoce”, afirmó Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

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