Señala el Tribunal Electoral que Samuel García hizo promoción ilegal de su cuarto informe de gobierno

Señala el Tribunal Electoral que Samuel García hizo promoción ilegal de su cuarto informe de gobierno
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 27 de Mayo de 2026 a las 22:55:54

Monterrey, Nuevo León, a 27 de mayo de 2026.- El gobernador de Nuevo León, Samuel García, fue señalado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por difundir fuera de tiempo permitido mensajes relacionados con su cuarto informe de gobierno, situación que derivará en una revisión por parte del Congreso local.

La Sala Superior del TEPJF resolvió por unanimidad que el mandatario estatal incurrió en promoción ilegal al hacer referencias a su informe anual fuera del periodo autorizado por la ley, el cual contempla únicamente los siete días previos y cinco posteriores a la presentación oficial del documento.

La denuncia fue presentada por un ciudadano, quien acusó al gobernador de vulnerar las normas sobre difusión de informes, además de presunto uso indebido de recursos públicos, actos anticipados de precampaña y campaña, así como contratación de espacios para promoción personalizada.

En la queja también fueron señaladas la Dirección de Comunicación Social del gobierno estatal, la Secretaría Particular y dos concesionarias de televisión de Nuevo León, por la transmisión de materiales relacionados con el informe rendido el 9 de noviembre de 2025.

Sin embargo, el proyecto elaborado por la magistrada Claudia Valle únicamente acreditó la difusión extemporánea del informe, mientras que las demás acusaciones fueron desestimadas por falta de elementos.

Como parte de la resolución, el Tribunal ordenó dar vista al Congreso de Nuevo León para que determine las acciones correspondientes respecto a la conducta del mandatario estatal.

En una resolución distinta, el TEPJF también instruyó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar parte de las obligaciones de transparencia impuestas a los partidos políticos.

La decisión se dio luego de que dos fuerzas políticas impugnaron un acuerdo del INE, al considerar que algunas medidas excedían las facultades del organismo electoral y afectaban la autonomía interna de los partidos.

Los institutos argumentaron que ciertas obligaciones estaban diseñadas para dependencias gubernamentales y representaban cargas excesivas e injustificadas para los partidos políticos.

A propuesta de la magistrada Mónica Soto, la Sala Superior determinó revocar parcialmente el acuerdo del INE y mantener únicamente cuatro de las ocho obligaciones originalmente planteadas, todas relacionadas con la rendición de cuentas sobre el uso de recursos públicos.

Entre los puntos anulados se encuentran las obligaciones de publicar metas institucionales, directorios generales de personal, remuneraciones de trabajadores y gastos de comunicación social.

Los magistrados concluyeron que dichas disposiciones duplicaban requisitos ya establecidos en otras leyes o no estaban contempladas en la legislación de partidos políticos, por lo que ordenaron al INE emitir un nuevo acuerdo ajustado a esos criterios.

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