Morelia, Michoacán, a 23 de abril 2026. – El Pleno del Tribunal Electoral de Michoacán (TEEM) revocó este jueves las medidas cautelares que el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) había impuesto al gobernador del estado, Alfredo Ramírez Bedolla. No obstante, la magistrada Amelí Gissel Navarro Lepe aclaró que sigue un procedimiento sancionador, ya que el fondo de las denuncias por presunta promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos está en curso.
La resolución, aprobada por los cinco magistrados, se centró exclusivamente en la validez legal de las medidas cautelares dictadas previamente por el órgano electoral. El Tribunal determinó que el IEM no justificó debidamente la necesidad de dichas medidas, incurriendo en una falta de fundamentación y motivación.
De acuerdo con lo expuesto en la sesión, la ley exige requisitos estrictos para mantener una medida cautelar, tales como acreditar el “peligro en la demora” o el riesgo de un “daño irreparable” a los principios de equidad. En el caso del mandatario estatal, el Tribunal consideró que el Instituto Electoral no ofreció las razones suficientes para demostrar que existiera un temor fundado de que el procedimiento perdiera su materia si no se aplicaban dichas restricciones.
"Lo que estamos resolviendo es la validez o no de esas medidas cautelares... no así el fondo del procedimiento", se puntualizó durante la lectura de la cuenta, subrayando que el órgano jurisdiccional debe velar porque cada determinación esté plenamente apegada a derecho y debidamente justificada.
Pese a la revocación de estas medidas, el proceso legal contra Ramírez Bedolla continúa mediante un Procedimiento Especial Sancionador. En esta instancia es donde se resolverá si el gobernador incurrió o no en las conductas atribuidas por los denunciantes, que incluyen:
Promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda.
Estas acusaciones derivan de diversas manifestaciones realizadas en eventos públicos y notas periodísticas que, a decir de los quejosos, podrían haber alterado la equidad de los procesos electorales rumbo al 2027.
El TEEM enfatizó que será en un "momento procesal oportuno" cuando se emita la resolución conducente sobre el fondo del asunto, la cual determinará si existieron las violaciones señaladas y, en su caso, las sanciones correspondientes.









