Presenta Paul Ospital Ley 3 de 3 contra violencia de género, en Querétaro

Presenta Paul Ospital Ley 3 de 3 contra violencia de género, en Querétaro
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 7 de Febrero de 2023 a las 17:45:23

Querétaro, Querétaro, 7 de febrero del 2023.- Quien sea deudor alimentario moroso o haya sido condenado por delitos sexuales o violencia política de género, no podrá ser candidato a gobernador, diputado local, alcalde, regidor o por alguno de los cargos que elige la Legislatura, al ser aprobada la Ley 3 de 3 contra la violencia de género, informó Paul Ospital Carrera, diputado local e impulsor de la misma.

"Quien debe dar el primer paso, quien debe estar obligado a poner este tipo de candados, es el propio gobierno. Por eso hoy proponemos esta ley, que esperamos sea discutida y aprobada por el Pleno del Congreso. Esta ley aplicará para quien busque ser electo como gobernador del estado, presidente municipal, diputado local, regidor, magistrado del TSJ, presidente o consejero del IEEQ, presidente de la DDHQ o comisionado de transparencia y Acceso a la Información”.

El legislador por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) recordó que Querétaro se ubica en el tercer lugar a nivel nacional en casos de violencia contra las mujeres, con el 75.2 por ciento y el primer lugar nacional en violencia contra la mujer dentro de las escuelas, con el 40.3 por ciento, de acuerdo con información del INEGI.

"En octubre del 2022, el Instituto Queretano de las Mujeres registró 307 casos de violencia familiar y 289 casos de violencia física. No podemos presumirnos como un estado con crecimiento económico o buena calidad de vida, cuando tenemos estos números en el tema de violencia contra las mujeres”.

La Ley 3 de 3 contra la violencia de género, que se presentó en conjunto con la diputada Graciela Juárez Montes, coordinadora del Grupo Parlamentario del PRI; establece que para ser electo por alguno de los cargos mencionados, no deberá estar condenado o condenada como deudor alimentario moroso, salvo que demuestre estar al corriente; como persona agresora por delitos sexuales o violencia familiar y, por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género.

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