Ordena TEEM al Congreso legislar para incluir en IEM a personas con discapacidad

Ordena TEEM al Congreso legislar para incluir en IEM a personas con discapacidad
Autor: América Juárez Navarro/ Noventa Grados | Fecha: 5 de Agosto de 2022 a las 17:42:10

Morelia, Michoacán, 5 de agosto de 2022.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), ordenó al Congreso del Estado de Michoacán, legisle para que las personas con discapacidad puedan ocupar las diversas funciones y espacios que forman parte del Instituto Electoral de Michoacán (IEM). Asimismo, se vinculó al IEM para que en caso de que no cumpla la medida, el Congreso emita un reglamento en la materia.

En la propuesta elaborada por la magistrada Yurisha Andrade Morales, se pide se contemplen acciones obligatorias de inclusión, no discriminación y diseño universal para el ejercicio de sus derechos político-electorales.

El Congreso del estado cuenta con un plazo de 90 días previos al inicio del próximo proceso electoral para realizar esta reforma, en caso de incumplimiento, se vincula al cumplimiento de la sentencia al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán.

La sentencia aprobada señala que, en el proyecto, se propone calificar la existencia de la omisión legislativa para implementar medidas a favor de las personas con discapacidad visual de ocupar las diversas funciones y espacios que forman parte del Instituto Electoral de Michoacán -Direcciones Ejecutivas, Coordinación de Fiscalización, Órganos Desconcentrados (Presidente, Consejeros, Vocal de Organización, Vocal de Capacitación de los Comités Distritales y Municipales) y Órgano Interno de Control.

De esta manera, se ordena al Consejo General del IEM que, si no se legisla, diseñe los lineamientos respectivos y asegure que las personas con discapacidad cuenten con todo lo necesario para ejercer sus derechos político-electorales y se ordena legislar, encaminado a atender y proteger los derechos de las personas con discapacidad y concretar una política pública transversal e incluyente. 

Además de la omisión de contemplar acciones obligatorias de inclusión, no discriminación y diseño universal para el ejercicio de sus derechos político-electorales, toda vez que ni en la Constitución ni en las leyes electorales se prevén medidas para garantizar a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos político-electorales.

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