Querétaro, Querétaro, a 17 de junio de 2026.- En aras de favorecer la obtención de consensos en la elección del titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción del Estado de Querétaro, para el periodo comprendido del 17 de junio de 2026 al 16 de junio de 2035, Arturo Maximiliano García Pérez, coordinador del Grupo Legislativo de Morena solicitó al Pleno del Congreso Local una moción de receso con fundamento en el Artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Por lo que, para efecto dar cumplimiento al Artículo 135, 139 y 140 de la misma ley, de ser procedente la reposición de este procedimiento, el diputado Sinuhé Piedragil Ortiz, presidente de la Mesa Directiva decretó un receso por 24 horas a efecto de que los grupos y fracciones legislativas pudieran continuar con el intercambio de opiniones y la deliberación de este asunto.
Recordó que para la designación del titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción se deben sujetar al procedimiento previsto en el artículo 30 ter, de la Constitución Política del estado, es decir:
Señaló que el titular del Poder Ejecutivo sometió a consideración de la Legislatura del Estado una terna de candidatos; posteriormente la Legislatura designará a quien deba ocupar el cargo con las dos terceras partes de los diputados presentes en la Sesión de Pleno; y en caso de que la Legislatura no procediere al nombramiento respectivo dentro de los treinta días naturales siguientes al envío de la terna propuesta, la designación corresponderá al titular del Poder Ejecutivo.
La Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, es el órgano de la Fiscalía General con autonomía técnica y operativa para la investigación y persecución de los delitos previstos en las disposiciones legales aplicables en materia anticorrupción. Constituye un órgano fundamental para la investigación y persecución de los delitos relacionados con hechos de corrupción, por lo que la designación de su titular reviste especial relevancia para el fortalecimiento del Estado de Derecho, la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas.
Además de que la persona titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción durará en su encargo nueve años y únicamente podrá ser removida por las causas graves que establezca la Ley, mediante la misma votación requerida para su designación.









