Ciudad de México, a 31 de julio 2025.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió revocar la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de declarar vacantes cargos al poder judicial, luego de cancelar los triunfos de candidaturas ganadoras, porque no cumplían con el criterio de elegibilidad de promediar 9 de calificación en las materias universitarias relacionadas con el cargo por el que compitieron.
Se detalló que tres de los cinco magistrados de la Primera Sala, votaron a favor de restaurar la victoria electoral a los señalados.
Por su parte, la magistrada Janine Otálora votó a favor de revocar, pero explicó que el órgano autónomo sí tiene facultades de revisión; no obstante, en esta instancia se equivocó porque inventó criterios para el análisis en lugar de utilizar los mismos criterios de los Comités de Evaluación.
Cabe señalar que, al resolver los primeros 15 asuntos de los 45 triunfos que fueron cancelados, sentaron el precedente de revocar y ordenar la expedición de las constancias de mayoría.
De acuerdo con la consideración de los togados Alfredo Fuentes Barrera, Felipe de la Mata y Mónica Soto, ni el INE, ni el propio Tribunal tiene facultad alguna para revisar las calificaciones de las y los ganadores, ya que esa facultad la tenían los Comités de Evaluación de los tres poderes.
“El INE cumple un papel esencial en nuestra democracia, pero ese papel tiene límites definidos, no asumir funciones técnicas que la Constitución reserva a otros órganos ni modificar las reglas una vez concluido el proceso electoral. Por ello, los proyectos que hoy se presentan no sólo restituyen derechos individuales, sino que reafirman principios estructurales del sistema democrático, como son la certeza, la seguridad jurídica, la legalidad y la división de funciones”, consideró el magistrado Fuentes Barrera.









