Morelia Michoacán, a 31 de agosto de 2026.- Durante la sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE, el consejero Arturo Castillo Loza solicitó una votación en lo particular respecto de dos perfiles propuestos para integrar el Instituto Electoral de Michoacán IEM.
Se trata de Sandra Nayeli Rangel, a quien consideró no apta desde las etapas de valoración curricular y entrevista, y de Elizabeth Guadalupe Vega Chávez, propuesta para ocupar la presidencia del órgano electoral local.
Castillo Loza explicó que, en el caso de Sandra Nayeli Rangel, su postura se basa principalmente en las calificaciones obtenidas durante el proceso de evaluación.
“Desde la etapa de valoración curricular y entrevista, en mi perspectiva, se calificó como un perfil no apto, básicamente por las calificaciones que obtuvo”, señaló ante el pleno del INE.
Respecto de Elizabeth Guadalupe Vega Chávez, el consejero indicó que existen expedientes pendientes relacionados con su perfil. Aclaró que esta situación, por sí sola, no sería suficiente para rechazar su postulación; sin embargo, cuestionó que algunas consejerías no hayan tenido acceso completo a la documentación necesaria para evaluar su idoneidad.
“No tuvimos la posibilidad de acceder a los expedientes completos y, por lo tanto, no tuvimos sobre la mesa los elementos necesarios para tomar la decisión que hoy nos corresponde”, afirmó.
El consejero sostuvo que las y los integrantes del Consejo General del INE sí están facultados para consultar información reservada o confidencial cuando esta sea necesaria para el estricto ejercicio de sus funciones.
Para sustentar su posición, citó el artículo 115 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, relativo a la protección de la información confidencial, así como el artículo 39 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Dicho artículo, explicó, establece que las consejerías electorales no pueden utilizar información reservada o confidencial obtenida por razón de su cargo, salvo cuando sea indispensable para cumplir con sus responsabilidades institucionales.
En ese sentido, consideró que la documentación solicitada era indispensable para analizar si Elizabeth Guadalupe Vega Chávez cumple con el perfil de idoneidad requerido para presidir el IEM, de acuerdo con el artículo 116 constitucional.
El consejero acusó que la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos del INE le negó el acceso al expediente correspondiente, por lo que manifestó no contar con elementos suficientes para emitir una valoración integral sobre ese perfil.
Castillo Loza calificó como inaceptable que una consejería electoral no pueda consultar los expedientes bajo resguardo del instituto cuando estos son necesarios para el ejercicio de sus atribuciones.









