Sigue Puebla los pasos de Michoacán en limitar libertad de expresión: Ofender en redes podría costar hasta 3 años de cárcel, con nueva Ley de Ciberasedio

Sigue Puebla los pasos de Michoacán en limitar libertad de expresión: Ofender en redes podría costar hasta 3 años de cárcel, con nueva Ley de Ciberasedio
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 13 de Junio de 2025 a las 13:58:52

Puebla, Pue., a 13 de junio de 2025.- Puebla se une a una tendencia iniciada por el estado de Michoacán que a través de diversas disposiciones ha limitado la libertad de expresión en la entidad, aprobando el Congreso poblano la Ley de Ciberasedio, que atentaría contra la libre expresión.

La organización en defensa de la libertad de expresión ARTICLE 19 y la Red de Periodistas de Puebla, rechazaron el Proyecto de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal del estado de Puebla en materia de ciberseguridad, el cual finalmente fue aprobado por el Congreso de ese estado.

Entre las nuevas reformas, está el Artículo 480, en el que se contempla el delito de ciberasedio, y se señala que incurre en él quien […] “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia suficiente para causarle un menoscabo importante en su salud […]”, por lo que ARTICLE 19 y la Red de Periodistas de Puebla recordaron a las y los legisladores que la libertad de expresión incluye discursos que pueden “ofender, insultar”. 

Recordaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos resaltando algunos de los rasgos sobresalientes de la libertad de expresión, sobre todo su doble dimensión individual y colectiva, y su función democrática, establece que “este derecho protege tanto la información que resulta favorable, indiferente o inofensiva, como aquella que resulta chocante, inquietante u ofensiva para el Estado o la sociedad”.

Otras irregularidades fueron detectadas en el Artículo 479 en materia de espionaje digital simplemente indica que es quien “que se introduzca a un equipo o sistema informático sin la autorización de su legal y legítimo titular”. Por su parte, el propuesto Artículo 258 Ter establece que comete el delito de usurpación de identidad “[…] quien utilizando tecnologías de información obtiene, transfiere, utiliza o se apropia de manera indebida, de los datos personales de otra sin la autorización de ésta última”.

“No sólo estos delitos fallan en el principio de taxatividad del derecho penal al ser amplios o carentes de definiciones exactas, sino que a su vez utilizan palabras que pueden criminalizar el ejercicio periodístico”, criticaron las asociaciones.

Apenas el pasado 27 de mayo, ARTICLE 19 se había pronunciado con su más firme rechazo, contra dictamen que el Congreso del Estado de Michoacán aprobó, mediante el cual se adiciona la fracción IX al artículo 24 y el artículo 163 al Código Penal estatal, tipificando la llamada “apología del delito”.

Calificó al dictamen de alarmante. Su redacción ambigua y su alcance desproporcionado constituyen una amenaza directa a los derechos humanos. De aprobarse, se sancionaría a quien “por cualquier medio haga alusión de personas o grupos delictivos”, es decir, bastaría con mencionar o referirse a estos grupos para incurrir en delito penal. Esta formulación vaga no solo incumple los principios de legalidad y seguridad jurídica, sino que habilita un margen amplio para la censura y la criminalización de voces críticas, destacó ARTICLE 19.

Advirtió entonces que el impacto sería devastador para el ejercicio periodístico en Michoacán. “La cobertura informativa sobre violencia, crimen organizado y seguridad pública quedaría sujeta a persecución penal, atentando contra el derecho a la información de la sociedad y generando un clima de autocensura en un contexto ya de por sí adverso para la prensa”.

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