Washington, Estados Unidos, a 3 de agosto de 2026.- La Corte Suprema de Estados Unidos dejó firme la protección constitucional que garantiza la ciudadanía por nacimiento a los menores que nacen en territorio estadounidense, incluso cuando sus padres se encuentran en el país de manera irregular o cuentan con un estatus migratorio temporal.
Con esta determinación, el máximo tribunal invalidó de manera definitiva el intento del presidente Donald Trump de restringir ese derecho mediante una orden ejecutiva emitida en enero de 2025, la cual buscaba impedir que los hijos de inmigrantes indocumentados y de algunas personas con visas temporales obtuvieran automáticamente la nacionalidad estadounidense.
La mayoría de los magistrados concluyó que la Decimocuarta Enmienda de la Constitución protege el principio de ciudadanía por nacimiento y que el Poder Ejecutivo carece de facultades para modificar esa garantía mediante una acción presidencial. Además, la resolución reafirma el criterio establecido desde finales del siglo XIX en el caso United States v. Wong Kim Ark.
El fallo quedó firme después de que la administración de Trump dejara transcurrir el plazo para solicitar una reconsideración, por lo que la orden ejecutiva perdió definitivamente cualquier efecto legal.
De esta manera, los niños nacidos en Estados Unidos seguirán adquiriendo la ciudadanía desde el momento de su nacimiento, sin importar la situación migratoria de sus padres, con excepción de los casos contemplados históricamente por la Constitución, como los hijos de diplomáticos extranjeros.









