¿Qué es PTU o Reparto de Utilidades?: Martin Vargas Conteras

¿Qué es PTU o Reparto de Utilidades?: Martin Vargas Conteras
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 17 de Mayo de 2021 a las 15:08:00

Morelia, Michoacán., 17 de mayo del 2021.- Es una prestación laboral mediante la cual los patrones están obligados a entregar el 10% a los trabajadores de las Utilidades de las Empresas.

Dicha prestación deberá ser otorgada en el mes de mayo y junio según se trata tu patrón de persona moral o persona física respectivamente.

La PTU se calcula en una comisión de trabajadores y el patrón, si los mismos no se ponen de acuerdo podrán solicitar un Inspector de trabajo quien podrá intervenir y decidir sobre los montos a repartir.

La forma de determinar la PTU es tomando la base gravable la cual se determina de los ingresos acumulables de la empresa menos sus deducciones autorizadas (gastos) en caso de que un gasto no sea indispensable para la empresa los trabajadores tiene el derecho de solicitar por medio del  inspector de trabajo su intervención, esto  porque es muy común que las empresas metan sus gastos personales a cargo de la empresa para disminuir sus ganancias  y con ello la PTU de los trabajadores.

La utilidad repartible determinada dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades:

I.             Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento;

II.            Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.

III.          Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración;

IV.          Las instituciones de asistencia privada.

V.           El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; y

VI.          Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas.

En caso de no recibir utilidades puedes presentar tu queja en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), todo a distancia a través de su número de atención al ciudadano al 800 717 2942 o bien contactarnos al 4432208266 y con mucho gusto recibirás una asesoría gratuita.

 

 

 

 

 

 

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