México, D.F., a 23 de junio de 2015.- A partir del próximo primero de julio, alimentos preparados al interior de tiendas de tiendas de conveniencia y supermercados como café, sándwiches, gorditas, quesadillas, tacos, flautas, sushi, pizzas y hot dogs, quedarán gravados con el 16 por ciento de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Esto como parte de la “Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1-A, 3, 7, 15, 23 y 26”, publicada en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el 16 de junio.
De acuerdo con analistas no solo es una medida recaudatoria, sino también inflacionaria.
“(Con esta medida) aumenta la recaudación y grava todos los alimentos que se venden en establecimientos que por efectos prácticos se han convertido en un centro de consumo para muchas personas trabajadoras (…). Es una medida 100% recaudatoria que deriva de la propia ley del IVA, pero no es consistente con el manejo del Gobierno y de legisladores que se oponen al IVA en alimentos”, dijo Mariano Calderón, socio del área fiscal de Santamarina y Steta.
A la lista se suman las tortas o lonches, incluyendo las lonches, tortas, baguettes, paninis o subs, croissants o cuernitos, bakes, empanadas o volovanes, focaccias; guisos y discadas, banderillas, hot cakes, alitas, molletes, hamburguesas, bocadillos, tamales, sopas instantáneas y nachos.
Ésta medida afecta a quienes menos recursos tienen, ya que son éstas personas las que compran y comen en las tiendas de autoservicio.









