Aprueban diputados Leyes de Ingresos de 40 municipios michoacanos para el 2015

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Fecha: 9 de Diciembre de 2014 a las 23:22:03

Morelia, Mich., a 09 de diciembre de 2013.- En sesión extraordinaria, los diputados integrantes de la LXXII Legislatura del Congreso de Michoacán, aprobaron las Leyes de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2015 de 40 municipios, en las cuales se contempla una estimación clara y precisa de los rubros fiscales y financieros que recibirán los Ayuntamientos.

Después de concluir el proceso legislativo, las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, así como de Hacienda y Deuda Pública, presentaron ante el Pleno para su discusión y votación, los dictámenes correspondientes a los municipios de Aguililla, Álvaro Obregón, Angamacutiro, Angangueo, Aquila, Arteaga, Carácuaro, Charapan, Chavinda, Chilchota, Chinicuila, Chucándiro, Churintzio, Churumuco, Coahuayana, Coalcomán, Coeneo, Cojumatlán, Copándaro, Ecuanduero, Epitacio Huerta, Hidalgo y Huaniqueo.

Así mismo, fueron presentados los dictámenes correspondientes a los municipios de Coalcomán, Coeneo, Cojumatlán, Copándaro, Ecuandureo, Epitacio Huerta, Hidalgo, Huaniqueo, Lagunillas, Lázaro Cárdenas, Morelos, Múgica, Nocupétaro, Nuevo Parangaricutiro, Numarán, Penjamillo, Purépero, Puruándiro, Susupuato, Tiquicheo, Tlazazalca, Tumbiscatío, Turicato, Tuxpan y Ziracuaretiro.

Los dictámenes señalan que las iniciativas presentadas por los Ayuntamientos se rigen conforme al marco del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, como lo establece la Ley de Coordinación Fiscal y otras disposiciones aplicables, por lo que únicamente, se regulan la recaudación de aquellas contribuciones por impuestos, derechos, aprovechamientos, productos, contribuciones de mejoras, accesorios y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones.

Asimismo, considerando el respeto a la autonomía de los municipios y la libertad para administrar su hacienda y con el objetivo de incrementar sus recursos, se analizaron las iniciativas en cuanto a ingresos, cuotas, tasas y tarifas con la finalidad de que se contribuya con el gasto público del Estado y sus municipios, cumpliendo con los principios de equidad y proporcionalidad que se establecen en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, realizándose los ajustes y adecuaciones que los integrantes de las comisiones consideraron pertinentes.