No abusar ni defraudar la ley pide el TEEMich a quienes aspiran reelegirse

No abusar ni defraudar la ley pide el TEEMich a quienes aspiran reelegirse
Autor: Patricia Torres / Noventa Grados | Fecha: 23 de Febrero de 2018 a las 10:22:57

Morelia, Mich; 23 de febrero de 2018.- “No obstante, de que se pudiera privilegiar la continuidad en los cargos públicos, no quiere decir que se puedan ir por ‘la libre’, hay tres figuras electorales, entre ellas el fraude a la ley y el abuso al derecho, en este caso significa que ciertamente tienen un derecho, pero no abuses de él y no defraudes a la ley; puede ser que por un criterio de la corte te puede dar el tema de la continuidad, está bien, pero no abuses”, consideró Ignacio Hurtado Gómez, magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMich).

Entrevistado sobre la controversia que se ha suscitado al saber que el presidente municipal de Morelia se inconformó por la resolución del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) al no permitirle continuar en el cargo mientras a la par hace campaña política para reelegirse, el funcionario electoral advierte que en este tena estarán atentos el resto de los partidos políticos, documentando y presentando quejas, el instituto haciendo la parte que le corresponda y obviamente el tribunal resolviendo ese tipo de situaciones.

Si bien reconoce que esta impugnación no ha llegado al TEEMich, Hurtado Gómez, recuerda que el tema de la separación del cargo ahora y desde hace años es la búsqueda de la equidad, pero que empezó a tener un tono distinto a la discusión cuando el tema de la separación se da en un contexto reelectivo que se incorpora a partir del 2014 “nos obliga a ver figuras de manera distinta…el tema de reglamentación de las candidaturas independientes de la reelección es un tema de competencia local, se le otorgó libertad configurativa a los congresos locales para que definieran todos los aspectos operativos de la relección y candidaturas comunes”.

En ese tema los congresistas locales acordaron que se debían separar 90 días antes de la elección, igual que otros servidores públicos y al momento en que llegue esta inconformidad al TEEMich los magistrados deberán de definir si en su momento es válida o no la separación en términos constitucionales, convencionales y de derechos humanos, pero “el hecho de que en su momento ciertos servidores no tengan esa exigencia de separarse del cargo no quiere decir que se pueden ir por la libre, en su momento estarían sujetos a responsabilidades en caso de que no logren hacer la clara separación entre su calidad de candidato y de servidor público”.

 

 

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