Iniciativa de Miguel Ángel Villegas para transparentar asuntos económicos del estado

Iniciativa de Miguel Ángel Villegas para transparentar asuntos económicos del estado
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 20 de Marzo de 2017 a las 07:42:00

Morelia, Mich; 20 de marzo de 2017.- Para el legislador Miguel Ángel Villegas Soto “la transparencia es un valor de las democracias modernas que debe estar presente en todas y cada una de las actuaciones públicas”, de allí que la iniciativa de decreto que presentará en la próxima sesión ordinaria del Congreso del estado para que las sesiones o reuniones de trabajo en que se analice lo concerniente a la materia tributaria o fiscal, de egresos, de deuda pública y obligaciones de pago, así como de revisión de las cuentas públicas, por ningún motivo puedan ser privadas.

Luego de que la reestructura fue manejada de manera privada y rechazada por el legislador, éste considera debe reformarse el artículo 20 del Reglamento de Comisiones y Comités, “con el mismo propósito de establecer la obligatoriedad de publicidad de las sesiones de comisión en las materias mencionadas. La transparencia y rendición de cuentas es un reclamo del pueblo de Michoacán que no podemos de ninguna manera soslayar, mucho menos, cuando nos encontramos en el inicio del establecimiento de un sistema estatal anticorrupción”

En esa idea, considera que las sesiones de comisiones en las que se conocen, analizan, revisan, discuten y dictaminan asuntos que tienen que ver con la materia tributaria o fiscal y de egresos, de deuda pública y obligaciones de pago, así como de revisión de las cuentas públicas, deben ser siempre públicas, pues lo relativo al ejercicio de los recursos públicos, es donde más se debe reflejar el principio de máxima publicidad.

Además, argumenta que las materias tributaria o fiscal, de egresos y la regulación interna de los órganos del estado no pueden ser, por ley, sujetas a mecanismos de participación ciudadana, como la iniciativa popular, el referéndum o el plebiscito, por lo tanto, resulta necesario que, por lo menos, se garantice la máxima publicidad del debate que sobre ellas se dé al interior de las comisiones dictaminadoras.

En las materias competencia de la Comisión Jurisdiccional no se aplica el principio de máxima publicidad, por tratarse de asuntos que tienen que ver directamente con aspectos estrictamente personales y de derecho a la privacidad, cosa que en el caso de los asuntos hacendarios no aplica, por el contrario, constituyen la materia que debe ser ícono de la transparencia.

De aprobarse la iniciativa de decreto el artículo 65 de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán, dirá que “las reuniones de comisión serán convocadas por su presidente o la mayoría de sus integrantes, con al menos cuarenta y ocho horas de anticipación; serán públicas, salvo acuerdo de sus integrantes que determine que sean privadas. No podrán ser privadas, aquéllas que traten de asuntos relacionados con la materia tributaria o fiscal, de ingresos, de egresos, de deuda pública y/u obligaciones de pago y de revisión de las cuentas públicas estatal y municipales”.

A su vez, el artículo 20 del Reglamento de Comisiones y Comités, señalará que “las sesiones de comisión serán públicas, excepto cuando se trate de acusaciones que se hagan en contra de funcionarios de los tres poderes del estado y de los municipios, o bien a solicitud de dos integrantes de la comisión y aprobación por dos terceras partes. No podrán ser privadas aquellas que traten de asuntos relacionados con la materia tributaria o fiscal, de ingresos, de egresos, de deuda pública y/u obligaciones de pago y de revisión de las cuentas públicas estatal y municipales, se observará irrestrictamente lo dispuesto por el artículo 65 párrafo primero de la Ley Orgánica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo”.

 

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