Ayuntamiento de Zitácuaro no aceptó recomendación de la CEDH por amenazas y abuso de autoridad

Ayuntamiento de Zitácuaro no aceptó recomendación de la CEDH por amenazas y abuso de autoridad
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 30 de Noviembre de 2015 a las 14:54:00

Morelia, Mich., a 30 noviembre de 2015.- El Ayuntamiento de Zitácuaro no aceptó una recomendación de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), la cual se emitió por un caso de amenazas, abuso de autoridad e ineficiente prestación de la función pública, en perjuicio de un ciudadano de ese municipio.

La Visitaduría Regional de Zitácuaro atendió la queja de una persona del sexo masculino quien se inconformó por el actuar del asesor jurídico del Ayuntamiento, quien se presentó en su vivienda como abogado particular de su ex esposa, para exigirle el pago de la pensión alimenticia.

Al indicarle al servidor público que en ese momento no contaba con la cantidad que se le solicitó, éste pidió el apoyo de seguridad pública, acudiendo al llamado una patrulla con seis elementos, “y se puso más agresivo, me dijo que este asunto ya era personal, que no sabía con quien me estaba metiendo y que él tenía mucho poder en el Ayuntamiento”, indicó el agraviado en su queja.

Por estos hechos la CEDH emitió la recomendación 059/2015 dirigida al Ayuntamiento de Zitácuaro. Se solicitó dar vista al órgano de control interno para iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa al asesor jurídico.

También se le pidió girar instrucciones a todos los servidores y funcionarios públicos de ese Ayuntamiento, para que se abstengan de cometer u omitir algún acto que lesione derechos humanos de los quejosos.

A la vez se recomienda impartir cursos  de capacitación a todo el personal que labora en el Ayuntamiento de Zitácuaro, en materia de derechos humanos y sobre las obligaciones de los servidores públicos.

De acuerdo al expediente que obra en este organismo, la autoridad municipal no aceptó la recomendación, por lo que en apego al  artículo 118 de la Ley y al 138 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación

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