Uso excesivo de la fuerza y ejecución extrajudicial en Apatzingán costaron la vida a 6 personas: CNDH

Uso excesivo de la fuerza y ejecución extrajudicial en Apatzingán costaron la vida a 6 personas: CNDH
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 25 de Noviembre de 2015 a las 20:20:00

México, D.F., a 25 de noviembre de 2015.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer los resultados de la investigación realizada con motivo de los acontecimientos del día 6 de enero de 2015 en el municipio de Apatzingán, Michoacán, concluyendo que por el uso excesivo de la fuerza por parte de policías federales, cinco personas perdieron la vida, mientras que una persona fue ejecutada extrajudicialmente.

Para la investigación, la CNDH conformó un equipo técnico multidisciplinario integrado por visitadores adjuntos, peritos en las materias de medicina forense, criminalística, criminología, planimetría y psicología, quienes realizaron diversas diligencias de campo, así como el análisis y sistematización de las evidencias y documentación remitida por las autoridades.

La CNDH detalló que los hechos de aquél día transcurrieron en dos eventos, el primero, entre las 02:30 y las 07:40 horas, y el segundo entre las 07:41 y las 11:31 horas. 

Respecto del primer evento, informó que aproximadamente a las 02:34:17 horas del 6 de enero de 2015, 44 policías federales y 287 elementos del Ejército Mexicano realizaron un operativo en las inmediaciones de la Presidencia Municipal de Apatzingán, debido a que les fue informado que ahí se encontraba un grupo de personas armadas.

Como resultado del operativo, se detuvo a 44 personas, resultando lesionadas durante la acción policial 18 personas (2 policías federales y 16 civiles), de los cuales 3 fueron por proyectil de arma de fuego (2 policías y un civil), y una persona perdió la vida por un hemotórax secundario presumiblemente al ser atropellada cuando se encontraba en el estacionamiento de la Presidencia Municipal.

Asimismo, se aseguraron 19 armas de fuego (4 armas cortas y 15 armas largas); una granada de fragmentación, 71 cargadores y 1,762 cartuchos de diversos calibres. 

En este primer evento, señaló la CNDH, los derechos humanos y los hechos violatorios documentados fueron los siguientes: 

El derecho a la vida por el fallecimiento de una persona por un golpe de un objeto contundente en movimiento, muy probablemente un vehículo (atropellamiento), cuando se hallaba en el estacionamiento ubicado a un costado del Palacio Municipal de Apatzingán, que de acuerdo con las evidencias, se acreditó indiciariamente que la Policía Federal lo privó de la vida, lo que deberá ser investigado para deslindar las responsabilidades que correspondan. 

El derecho a la legalidad y seguridad jurídica por la detención arbitraria de 5 personas no identificadas que se encontraban en el jardín ubicado frente al Palacio Municipal, según se desprende de las imágenes de las cámaras de C4, las cuales fueron detenidas en un lugar diverso al señalado en el parte informativo suscrito por elementos de la Policía Federal y elementos militares; además 30 personas refirieron haber sido detenidas en lugares diversos al estacionamiento del Palacio Municipal de Apatzingán, lo que deberá ser investigado para determinar si constituye una detención arbitraria. 

El derecho a la integridad personal por el trato cruel, inhumano y/o degradante, por las lesiones innecesarias que se infligieron a 8 personas detenidas, de las cuales 2 atribuyeron los hechos a elementos militares, 5 a policías federales y una a ambas autoridades. 

El derecho a la legalidad y seguridad jurídica por la indebida procuración de justicia, derivada de las inconsistencias en el levantamiento del cadáver y las omisiones en el protocolo de necropsia de la persona fallecida, así como por negativa de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán, entonces y actualmente encabezada por José Martín Godoy Castro, a proporcionar a la CNDH, las impresiones fotográficas relativas a la necropsia que se le practicó al cadáver. 

La CNDH detalla que el segundo evento tuvo lugar el mismo día, aproximadamente a las 07:46 horas, en la Avenida Constitución de 1814, entre Luis Moya y Plutarco Elías Calles, en el que se registró en un enfrentamiento entre personal de la Policía Federal y miembros de las “autodefensas”, específicamente con los tripulantes de una camioneta Pick-Up blanca, que dio como resultado 9 personas fallecidas (7 en el lugar de los hechos, una cuando era trasladada en ambulancia y uno que apareció fuera del Hospital General de Apatzingán). De las 9 personas fallecidas, 3 corresponden a los integrantes de una camioneta Pick-Up blanca tipo RAM, y 5 a los tripulantes de una camioneta GMC Acadia color negro, así como una más dentro de un restaurante que posteriormente apareció fuera del Hospital General de Apatzingán. 

En este evento se aseguraron 4 armas largas, 3 de ellas se encontraron próximas a la camioneta PickUp y una en el interior de la camioneta Acadia; 40 cartuchos útiles, 298 casquillos, 14 fragmentos de proyectil de arma de fuego, 28 eslabones de carrillera y 4 cargadores desabastecidos. 

También se aseguraron 90 casquillos percutidos calibre 308, los cuales no corresponden al calibre .223 del fusil de asalto que fue encontrado en el interior de la camioneta GMC Acadia, así como 80 casquillos del calibre 308 próximos a la camioneta Pick-Up en cuyas proximidades se aseguró un arma larga tipo fusil del mismo calibre. 

En este segundo evento, reporta la CNDH, las violaciones graves a derechos humanos fueron las siguientes: 

El derecho a la vida, por el uso excesivo de fuerza que derivó en la privación de la vida de 5 personas, así como la ejecución extrajudicial de una más, atribuible a policías federales.

El derecho a la integridad personal, por la dilación en la solicitud de auxilio para la atención médica prehospitalaria a 4 personas, atribuible a personal paramédico de la Policía Federal, lo que provocó que sufrieran choque hipovolémico, muriendo una de ellas durante su traslado a un nosocomio en Morelia.

Además, por la inadecuada atención médica prehospitalaria de dos personas por dicho personal paramédico y una atribuible a Protección Civil del Municipio de Apatzingán. 

Además, el derecho a la legalidad y seguridad jurídica por la indebida procuración de justicia, derivada de la no preservación del lugar de los hechos atribuibles a la Policía Federal y a servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán, esta última al no embalar algunos de los indicios, evidencias o medios probatorios asegurados en el lugar de los hechos; por las omisiones en la realización de las 10 necropsias atribuidas a los peritos médicos de dicha instancia de procuración de justicia, así como por las irregularidades en la identidad y la asignación de nombres a dos cuerpos sin vida que se encontraron cerca de la camioneta de color negro, marca Acadia, toda vez que en la diligencia de levantamiento de cadáver un Ministerio Público y un perito en materia de criminalística, ambos de la mencionada Procuraduría, invirtieron las lesiones que presentaron, lo cual no fue revisado y detectado posteriormente por personal del servicio médico forense. 

Por los hechos de este segundo evento, la CNDH emitió la Recomendación 3VG/2015 por Violaciones Graves a Derechos Humanos, dirigida al Comisionado Nacional de Seguridad. 

Se recomendó al Comisionado Nacional de Seguridad se colabore con la CNDH en la denuncia y queja que se presente con motivo de las violaciones graves a derechos humanos consistentes en el uso excesivo de la fuerza que derivó en la pérdida de la vida de cinco personas y la ejecución extrajudicial de una más, y se proceda a la reparación del daño, así como por la privación de la vida de la persona encontrada en el estacionamiento del Palacio Municipal; por las manifestaciones de 10 personas que refirieron haber sido detenidas en lugares distintos al estacionamiento ubicado a un costado del Palacio Municipal, así como por las lesiones innecesarias infligidas a 5 civiles, a quienes se deberá reparar el daño. 

También se le pide colaborar con la PGR en la integración de las averiguaciones previas iniciadas con motivo de la privación de la vida de 10 personas y actualizar el marco normativo que regula el Uso de la Fuerza Pública por las instituciones policiales, de acuerdo con los estándares internacionales. 

Al Secretario de la Defensa Nacional se le pide que instruya se colabore con esta Comisión Nacional en la denuncia y queja que presente ante las instancias correspondientes con motivo de las manifestaciones de las 12 personas que refirieron haber sido detenidas en lugares diversos al estacionamiento ubicado a un costado del Palacio Municipal; por las lesiones innecesarias infligidas a dos civiles, a quienes se deberá reparar el daño, así como por el trato cruel, inhumano y/o degradante en agravio de una persona que se arrodilló ante personal militar que le tomó fotografías. 

Además, en cumplimiento de la normativa relativa al uso de la fuerza de aplicación común a las Tres Fuerzas Armadas, se disponga el empleo de cámaras fotográficas, de videograbación y de grabación de audio en todos sus operativos. A los titulares de la SEDENA y de la CNS se les recomienda colaborar con la CNDH en la denuncia y queja que presente con motivo de la detención arbitraria de cinco personas que estaban en el jardín, de otras siete que dijeron haber sido detenidas por elementos de ambas instancias, así como por las lesiones innecesarias infligidas a una persona más, a quien se deberá reparar el daño. 

Al Gobernador de Michoacán se le pide instruya la colaboración con la CNDH en la queja que presente con motivo de la omisión en el envío de fotografías relativas al levantamiento y necropsia de un cuerpo, por las omisiones en las necropsias de 10 personas, así como en la queja que presente por las irregularidades en la identificación de dos cadáveres y la inadecuada preservación de la cadena de custodia, al no embalar algunos indicios, evidencias o medios probatorios recabados en el lugar de los hechos. 

En tanto, se solicitó al Presidente Municipal de Apatzingán, colaborar en la queja que presente la CNDH por la inadecuada atención médica prehospitalaria que se brindó a un adolescente, así como instruir que las ambulancias de protección civil cuenten con equipo y material médico. 

Finalmente, a todas las autoridades destinatarias de recomendaciones, la CNDH les solicitó instruyan que, en el ámbito de sus competencias, trabajen coordinadamente para fortalecer las condiciones de seguridad en Michoacán, así como desarrollar programas de prevención del delito con base en los problemas específicos que presenta Apatzingán, dentro del marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública. 

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