PROFEPA clausura 2 aserraderos y asegura 633.513 m3 de madera en zona de influencia de la monarca en Michoacán

PROFEPA clausura 2 aserraderos y asegura 633.513 m3 de madera en zona de influencia de la monarca en Michoacán
Autor: Redacción / Noventa Grados | Fecha: 3 de Mayo de 2018 a las 13:44:57

Ciudad de México, a 3 de mayo de 2018. - La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) impuso la Clausura Total Temporal a dos Centros de Almacenamiento y Transformación de Materias Primas y Productos Forestales (CAT´s), y les aseguró un total de 633.513 metros cúbicos de madera en rollo y escuadría, en la zona de influencia de la Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca (RBMM), del estado de Michoacán.

Durante un operativo realizado por la PROFEPA en el marco del Programa Intensivo y Permanente de Combate a la Tala Clandestina en la Reserva de la Biósfera Mariposa Monarca, con apoyo de 13 elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), y 24 de la Gendarmería Misión Ambiental de la Policía Federal, inspeccionaron cinco CAT´s, localizados en la localidad de los Marzos, del municipio de Irimbo, en el estado de Michoacán.

 La medida de seguridad impuesta a dos de los CAT´s inspeccionados, obedece a que: no presentaron los avisos o autorizaciones de funcionamiento debidamente emitidos por la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT); tampoco exhibieron documentación de entradas y salidas de las materias primas forestales; ni libro de registro de las mismas.

 Por tal motivo, se impuso la clausura total temporal de dos de los aserraderos, así como el aseguramiento precautorio de un volumen total 633.513 m3 de los géneros pino, abies (oyamel), aile y cedro blanco, (345.707 m3 de madera en rollo, y de 287.806 m3 en escuadría), así como de 10 equipos y maquinaria forestal.

Lo anterior de conformidad con lo señalado en el Articulo 161, Fracciones I y II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).

Los presuntos responsables podrán ser multados con el equivalente de 100 a 20 mil veces las Unidades de Medida y Actualización vigentes y ser sujetos del decomiso definitivo de las materias primas forestales, el equipo y la maquinaria de aserrío, en caso de no presentar la documentación oficial para desvirtuar las  regularidades detectadas, en los plazos que establece la ley en la materia.

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